Por
Juan Carmelo Luque Varela, Cronista oficial de la Villa
Han
transcurridos los 10 primeros días de la nueva normalidad y comienza el mes de
julio, este año atípico y vacío de contenido.
En
nuestra (normal) normalidad, julio era el mes de los últimos preparativos que
allanaban el camino a las fiestas de agosto de Castilleja del Campo. En este
año, ya no están aquellos grupos de personas que cambiaban la fisonomía de las
calles vistiéndolas de fiestas. Ni las reuniones y peñas de Romería elaborando sus programaciones. Y la Junta de
oficiales de la Hermandad, ¿cómo vivirá estos días sin los agobios de la recta
final de julio?
Y así continúa pasando este 2020, sumando
meses perdidos por mor de la fatídica pandemia del coronavirus.
A
las 0:00 h. del domingo 21 de junio de 2020, primer día del verano, venció el
estado de alarma, tras seis prorrogas y cien días de vigencia, y comenzaba la “nueva
normalidad”.
Días
antes, el viernes 19 de junio, el Consejo de Gobierno aprobó más de 400 medidas
preventivas, que van más allá de las que ya se conocen, como son el uso
obligatorio de la mascarilla o mantener la distancia de seguridad de 1,5
metros. La orden, de carácter revisable, aprobada por la cámara el
jueves 24 de junio como “Decreto de Ley” se mantendrá en vigor hasta que el
Gobierno declare el final de la crisis sanitaria, después de escuchar a las
comunidades y previo informe del Centro de Coordinación de Alertas y
Emergencias Sanitarias (CCAES)
Mientras
tanto, la OMS considera que la pandemia de Covod-19 aún está en fase de expansión y el único remedio eficaz contra la
pandemia del coronavirus pasa por la vacuna. Y hasta que ésta no llegue no
habrá verdadera normalidad.
Acostumbrarnos
a la nueva normalidad es vivir en una realidad que llega sembrada de
restricciones y mascarillas para
mantener a raya el coronavirus residual. Y durante la vigencia de este decreto
ley tendremos que respetar un extenso catálogo de limitaciones que determinará
como vamos a convivir los españoles con el Covid-19.
A
continuación algunas de las medidas aprobadas que más de cerca nos afectarán.
Tiendas
y comercios
Aforo:
aquel que permita distancia mínima de 1,5 metros. Deberá señalarse
expresamente. Se limpiarán al menos 2 veces al día de las instalaciones.
Obligatoria al final del día. Facilitar el pago y la recepción del producto sin
contacto personal.
Mercadillos
Aforo
que permita distancia mínima de 1,5 metros, que deberá estar señalado mediante carteles.
En todo caso, se mantendrá la distancia mínima de 1,5 metros entre puesto y
cliente, que estará señalada en el suelo. Habrá posibilidad de ampliación de
puestos o días por parte de los consistorios y vigilancia para cumplimiento de
distanciamiento.
Bares
y restaurantes
En
el interior: aforo del 75% en barra o agrupaciones de mesa, con metro y medio
de distancia. Agrupación máxima: 25 personas. Terrazas: 100% de las mesas.
Agrupación máxima: 25 personas.
Salones
de celebraciones para bodas. Aforo máximo del 75%. Máximos en todo caso: 250
personas en interior, 300 al aire libre.
Parques
infantiles.
Al
aire libre, una persona por cada cuatro metros cuadrados. Habrá limpieza diaria
del mobiliario y áreas de contacto.
Aforo.
Al aire libre, máximo de 75% de participantes, límite de 250 personas. Espacios
cerrados: 50%, límite 150 personas. Siempre en grupos de hasta 15 personas.
Medidas para el mantenimiento de distancia o, en su defecto, mascarilla.
Iglesias,
lugares de cultos y actos
Está
permitido el aforo que permita la distancia mínima interpersonal o, en su caso,
el uso de mascarilla.
Velatorios
y entierros. Aforo de 60 personas aire libre, 30 espacios cerrados. Comitiva
religiosa máxima de 75 familiares o allegados. Distancia interpersonal o, en su
caso, mascarilla.
Fiestas,
verbenas, romerías y ferias
Este
tipo de actividades no están recomendadas y continuaran cerrados los
establecimientos recreativos infantiles
Transporte
público de viajeros
La
totalidad de los asientos podrán ocuparse, procurando la máxima separación. Uso
obligatorio de mascarilla.
Parques
de atracciones
Incluidos
acuáticos y temáticos. Aforo máximo del 60%. Las atracciones se regulan como
las atracciones de feria. Un tercio de las atracciones deberán estar cerradas,
Parques
zoológicos. Aforo de dos tercios. Hasta 25 personas
Centros
y espacios culturales
Los
museos, colecciones museográficas y salas de exposiciones tendrán un aforo
limitado al 65%, tanto para visitas como para las actividades culturales,
mientras que las visitas de grupo serán de un máximo de 20 personas, incluyendo
el guía.
Cines
y teatros
Se
deberá contar con butacas pre-asignadas, siempre que no superen el 65% del
aforo permitido. Se propone el agrupamiento de espectadores cuando se trate de
unidades familiares o de convivencia
Discotecas.
El
aforo será del 40% en mesas, 25 personas por mesas o agrupaciones y en terrazas
del 75% de esparcimiento en mesas, 25 personas por mesas o agrupaciones.
Caza
Obligatoriedad
de elaboración de un plan de actuación del responsable de la cacería, que
deberá presentarse a la autoridad competente para autorización. No compartir
utensilios, ni comida, y mantener distancia o, en su defecto, mascarilla.
Eventos
deportivos
Los
organizadores de actividades y eventos deportivos de ocio y de competición al
aire libre deberán garantizar las condiciones óptimas en relación con la
participación escalonada, distribución y ordenación de participantes para un desarrollo
seguro de la actividad. En lo referente a la asistencia a eventos deportivos
como público, se limitará el aforo al 65%.
Academias
y autoescuelas
Aforo.
75%, máximo 25 personas. Seguridad. Distancia mínima de seguridad o, en su
caso, mascarilla. Si hay vehículos: mascarillas tanto el docente como el resto
de ocupantes.
Zonas
comunes de hotel y alojamiento turístico
Aforo
del 50%, a determinar en cada espacio o zona según anterior de hoteles y
alojamientos turísticos. En las actividades grupales o eventos, el aforo máximo
será de 20 personas.. En la restauración del hotel, se regulará como el resto
de establecimientos de este tipo. Para piscinas y spas, el aforo será del 50%. Protección
con distancia de seguridad o mascarillas.
Piscinas
de uso colectivo
Aforo:
75%, con distancia interpersonal mínima de 1,5 metros. Señales en el suelo o
marcas similares que establezcan la distribución especial. Limpieza y
desinfección de instalaciones con especial atención a vestuarios y baños con
carácter previo a la apertura de cada jornada. Obligatorio carteles con información
visible a los usuarios sobre Covid-19
Noticias
locales 110
Castilleja del Campo, miércoles 1º de julio de
2020