miércoles, 1 de julio de 2020

VIVIENDO EN LA NUEVA NORMALIDAD


Por Juan Carmelo Luque Varela, Cronista oficial de la Villa
Han transcurridos los 10 primeros días de la nueva normalidad y comienza el mes de julio, este año atípico y vacío de contenido.
En nuestra (normal) normalidad, julio era el mes de los últimos preparativos que allanaban el camino a las fiestas de agosto de Castilleja del Campo. En este año, ya no están aquellos grupos de personas que cambiaban la fisonomía de las calles vistiéndolas de fiestas. Ni las reuniones y peñas de Romería  elaborando sus programaciones. Y la Junta de oficiales de la Hermandad, ¿cómo vivirá estos días sin los agobios de la recta final de julio?
 Y así continúa pasando este 2020, sumando meses perdidos por mor de la fatídica pandemia del coronavirus.  

A las 0:00 h. del domingo 21 de junio de 2020, primer día del verano, venció el estado de alarma, tras seis prorrogas y cien días  de vigencia, y comenzaba la “nueva normalidad”.
Días antes, el viernes 19 de junio, el Consejo de Gobierno aprobó más de 400 medidas preventivas, que van más allá de las que ya se conocen, como son el uso obligatorio de la mascarilla o mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros. La orden, de carácter revisable, aprobada por la cámara el jueves 24 de junio como “Decreto de Ley” se mantendrá en vigor hasta que el Gobierno declare el final de la crisis sanitaria, después de escuchar a las comunidades y previo informe del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias (CCAES)
Mientras tanto, la OMS considera que la pandemia de Covod-19 aún está en fase de  expansión y el único remedio eficaz contra la pandemia del coronavirus pasa por la vacuna. Y hasta que ésta no llegue no habrá verdadera normalidad.


Acostumbrarnos a la nueva normalidad es vivir en una realidad que llega sembrada de restricciones  y mascarillas para mantener a raya el coronavirus residual. Y durante la vigencia de este decreto ley tendremos que respetar un extenso catálogo de limitaciones que determinará como vamos a convivir los españoles con el Covid-19.
A continuación algunas de las medidas aprobadas que más de cerca nos afectarán.

Tiendas y comercios
Aforo: aquel que permita distancia mínima de 1,5 metros. Deberá señalarse expresamente. Se limpiarán al menos 2 veces al día de las instalaciones. Obligatoria al final del día. Facilitar el pago y la recepción del producto sin contacto personal.

Mercadillos
Aforo que permita distancia mínima de 1,5 metros, que deberá estar señalado mediante carteles. En todo caso, se mantendrá la distancia mínima de 1,5 metros entre puesto y cliente, que estará señalada en el suelo. Habrá posibilidad de ampliación de puestos o días por parte de los consistorios y vigilancia para cumplimiento de distanciamiento.

Bares y restaurantes
En el interior: aforo del 75% en barra o agrupaciones de mesa, con metro y medio de distancia. Agrupación máxima: 25 personas. Terrazas: 100% de las mesas. Agrupación máxima: 25 personas.
Salones de celebraciones para bodas. Aforo máximo del 75%. Máximos en todo caso: 250 personas en interior, 300 al aire libre.

Parques infantiles.
Al aire libre, una persona por cada cuatro metros cuadrados. Habrá limpieza diaria del mobiliario y áreas de contacto.
Aforo. Al aire libre, máximo de 75% de participantes, límite de 250 personas. Espacios cerrados: 50%, límite 150 personas. Siempre en grupos de hasta 15 personas. Medidas para el mantenimiento de distancia o, en su defecto, mascarilla.

Iglesias, lugares de cultos y actos
Está permitido el aforo que permita la distancia mínima interpersonal o, en su caso, el uso de mascarilla.
Velatorios y entierros. Aforo de 60 personas aire libre, 30 espacios cerrados. Comitiva religiosa máxima de 75 familiares o allegados. Distancia interpersonal o, en su caso, mascarilla.

Fiestas, verbenas, romerías y ferias
Este tipo de actividades no están recomendadas y continuaran cerrados los establecimientos recreativos infantiles

Transporte público de viajeros
La totalidad de los asientos podrán ocuparse, procurando la máxima separación. Uso obligatorio de mascarilla.

Parques de atracciones
Incluidos acuáticos y temáticos. Aforo máximo del 60%. Las atracciones se regulan como las atracciones de feria. Un tercio de las atracciones deberán estar cerradas,
Parques zoológicos. Aforo de dos tercios. Hasta 25 personas

Centros y espacios culturales
Los museos, colecciones museográficas y salas de exposiciones tendrán un aforo limitado al 65%, tanto para visitas como para las actividades culturales, mientras que las visitas de grupo serán de un máximo de 20 personas, incluyendo el guía.

Cines y teatros
Se deberá contar con butacas pre-asignadas, siempre que no superen el 65% del aforo permitido. Se propone el agrupamiento de espectadores cuando se trate de unidades familiares o de convivencia

Discotecas.
El aforo será del 40% en mesas, 25 personas por mesas o agrupaciones y en terrazas del 75% de esparcimiento en mesas, 25 personas por mesas o agrupaciones.

Caza
Obligatoriedad de elaboración de un plan de actuación del responsable de la cacería, que deberá presentarse a la autoridad competente para autorización. No compartir utensilios, ni comida, y mantener distancia o, en su defecto, mascarilla.

Eventos deportivos
Los organizadores de actividades y eventos deportivos de ocio y de competición al aire libre deberán garantizar las condiciones óptimas en relación con la participación escalonada, distribución y ordenación de participantes para un desarrollo seguro de la actividad. En lo referente a la asistencia a eventos deportivos como público, se limitará el aforo al 65%.

Academias y autoescuelas
Aforo. 75%, máximo 25 personas. Seguridad. Distancia mínima de seguridad o, en su caso, mascarilla. Si hay vehículos: mascarillas tanto el docente como el resto de ocupantes.

Zonas comunes de hotel y alojamiento turístico
Aforo del 50%, a determinar en cada espacio o zona según anterior de hoteles y alojamientos turísticos. En las actividades grupales o eventos, el aforo máximo será de 20 personas.. En la restauración del hotel, se regulará como el resto de establecimientos de este tipo. Para piscinas y spas, el aforo será del 50%. Protección con distancia de seguridad o mascarillas.

Piscinas de uso colectivo
Aforo: 75%, con distancia interpersonal mínima de 1,5 metros. Señales en el suelo o marcas similares que establezcan la distribución especial. Limpieza y desinfección de instalaciones con especial atención a vestuarios y baños con carácter previo a la apertura de cada jornada. Obligatorio carteles con información visible a los usuarios sobre Covid-19

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 Castilleja del Campo, miércoles 1º de julio de 2020